Nuevas reglas de emisión de comprobantes electrónicos en 2026: ¿Qué empresas están obligadas?

Desde el 1 de junio de 2026, la SUNAT modificó las reglas para la designación de emisores electrónicos mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000075-2026/SUNAT. Una de las principales novedades es que los nuevos contribuyentes que se inscriban en el RUC y opten por el Régimen MYPE Tributario, Régimen Especial o Régimen General deben emitir facturas, boletas y notas electrónicas desde el mismo día de su inscripción en el RUC, siempre que corresponda emitir dichos comprobantes.

También se modificó la situación de quienes dejan el Nuevo RUS. Si un contribuyente cambia del Nuevo RUS al Régimen MYPE Tributario, Régimen Especial o Régimen General, la obligación de emitir comprobantes electrónicos empieza desde el primer día calendario del mes siguiente al cambio de régimen. Los contribuyentes que permanecen en el Nuevo RUS no están comprendidos en esta obligación por este supuesto.

¿Qué comprobantes deben emitirse electrónicamente?

La obligación comprende principalmente:

  • Facturas electrónicas
  • Boletas de venta electrónicas
  • Notas de crédito electrónicas
  • Notas de débito electrónicas

Además, existen reglas específicas para liquidaciones de compra, así como para comprobantes de retención y percepción electrónicos.

Un cambio importante para las empresas

Desde junio de 2026, la SUNAT dejó de publicar la consulta del antiguo Padrón de Obligados a la Emisión Electrónica, debido a la masificación de estos comprobantes. Por ello, las empresas deben revisar directamente las condiciones que determinan su obligación y no depender únicamente de la consulta del padrón.

En resumen: si una empresa recién inicia actividades y se inscribe en el RUC bajo el Régimen MYPE Tributario, RER o Régimen General, debe estar preparada para emitir comprobantes electrónicos desde el día de su inscripción. Esto hace especialmente importante que el emprendedor tenga configurado su sistema de emisión antes de comenzar a facturar.

Base legal: Resolución de Superintendencia N.° 000075-2026/SUNAT, vigente desde el 1 de junio de 2026.

¿Qué debe hacer una empresa para cumplir con esta obligación?

Las empresas obligadas deben implementar un sistema de emisión electrónica autorizado por SUNAT, como el SEE-SOL o un sistema de emisión propio que cumpla con las condiciones establecidas. Antes de iniciar operaciones, es importante verificar qué comprobantes corresponde emitir según el tipo de operación y régimen tributario.

Además, la empresa debe mantener actualizada su información en el RUC, configurar correctamente sus comprobantes y conservar los documentos electrónicos que correspondan. También es recomendable verificar que las facturas, boletas y notas sean emitidas con la información correcta para evitar errores que puedan generar contingencias tributarias.

📌 Recomendación: si tu empresa recién inicia actividades o ha cambiado de régimen tributario, revisa desde cuándo estás obligado a emitir comprobantes electrónicos y asegúrate de contar con un sistema preparado para cumplir con la normativa vigente.

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